T., M. D. y G., M. A. s/ divorcio por mutuo consentimiento
Se apeló la declaración de extemporaneidad de la contestación de un incidente en un proceso de divorcio por mutuo consentimiento. El tribunal rechazó el recurso, confirmando que la presentación fue efectuada fuera de plazo.
¿Quién es el actor?
M. A. G.
¿A quién se demanda?
Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes N° 2
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución que declaró extemporánea su contestación en un incidente de divorcio.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal determinó que la notificación del 18/11/2021 establecía un plazo de cinco días para contestar, que venció el 26/11/2021. La presentación realizada el 12/12/2021 fue considerada extemporánea, ya que el pedido de vinculación no purgó el vencimiento del plazo.
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