Q., L. F. J. C/ D., E. R. S/ ordinario impugnación de paternidad (Ac.19.4.20. Reg.N° 1. Emergencia sanitaria)
El actor impugnó la decisión del juez que declaró su incompetencia en un proceso de impugnación de paternidad, remitiendo el caso a otro juzgado. El tribunal de apelaciones resolvió que la incompetencia debía dejarse sin efecto, permitiendo que el juicio continúe en Gualeguay.
¿Quién es el actor?
L. F. J. Q.
¿A quién se demanda?
J. B. Q. y E. R. D.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de paternidad y filiación extramatrimonial.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR PARCIALMENTE.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el juez de primera instancia no tuvo en cuenta la posibilidad de acumular las acciones de filiación e impugnación, lo que afecta el derecho de acceso a la justicia del actor. Se destacó que "el art. 578 CCC habilita en forma expresa el simultáneo ejercicio de las acciones de reclamación de filiación con la de impugnación".
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