M., A. Y. C/ M., E. M. S/ IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO - Expt. N° 7213/F
Se impugnó el reconocimiento de paternidad extramatrimonial de E. M. M. en representación de la menor A. M. El tribunal admitió el recurso de apelación y decidió que las costas se impongan en el orden causado.
¿Quién es el actor?
E. M. M.
¿A quién se demanda?
A. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de reconocimiento de paternidad extramatrimonial.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el demandado se allanó a la acción de manera incondicionada y oportuna, lo que justifica no imponerle las costas. Se citó el art. 67 inc. 1º del CPCC, que permite no cargar con costas al vencido si reconoce las pretensiones de su adversario. Además, se destacó la importancia del interés superior del niño y la necesidad de celeridad en la resolución del caso.
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