R., L. M. c/ G., C. A. s/ ordinario (compensación económica)
La actora reclamó una compensación económica por el cese de la unión convivencial, solicitando una renta mensual y la adhesión a la obra social. El tribunal rechazó la demanda, argumentando la falta de prueba del desequilibrio económico y la insuficiencia de la convivencia para justificar la compens
¿Quién es el actor?
L M R.
¿A quién se demanda?
C A G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Compensación económica por cese de unión convivencial.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal destacó que la actora no probó el desequilibrio económico derivado de la ruptura, señalando que "la compensación económica está fundada en la solidaridad familiar" y requiere demostrar cómo la convivencia afectó negativamente las posibilidades económicas de uno de los convivientes. Además, se enfatizó que la falta de cohabitación y la ausencia de prueba sobre la situación patrimonial previa a la convivencia impidieron acceder a la compensación solicitada.
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