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BENEDETTI ALDO PEDRO MARÍA c/ NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS S.A. s/ ORDINARIO

Aldo Pedro Benedetti promovió una acción de nulidad contra el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. que fue desestimada por el tribunal, el cual también rechazó la excepción de prescripción planteada por el banco.

Nulidad Cosa juzgada Prescripcion Intereses Error in iudicando Defensa en juicio Honorarios Recurso de apelacion Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Aldo Pedro Benedetti

¿A quién se demanda?

Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción autónoma de nulidad

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la acción de nulidad no procedía por no existir un "novum" que justificara la revisión de la cosa juzgada. Se destacó que "ningún vicio inmanente o propio del juicio autoriza la impugnación de la cosa juzgada", y que la omisión de intereses en la sentencia era un error "in iudicando", corregible por los recursos procesales disponibles.

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