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M.P.D. c/ Superior Gobierno De La Provincia De Entre Ríos Y Otros s/ Sumario (Expte.: 1347)

Se reclamó la indemnización por daños sufridos por un alumno en un aula, y el tribunal decidió rechazar la prescripción de la acción, admitiendo la indemnización por gastos terapéuticos, incapacidad y daño moral, pero desechando otros conceptos.

Indemnizacion Responsabilidad civil Prescripcion Dano moral Caso fortuito Educacion Responsabilidad contractual Lesion Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

P.D.M.

¿A quién se demanda?

Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y Consejo General de Educación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños derivados de una lesión en el ojo ocasionada por un compañero en un aula.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la responsabilidad era de naturaleza contractual, aplicando el plazo decenal de prescripción, que no estaba agotado al momento de la acción. Se rechazó la defensa de caso fortuito, argumentando que la responsabilidad de la institución educativa es objetiva y no puede ser eximida por circunstancias imprevisibles.

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