A., J. E. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE, ABUSO SEXUAL SIMPLE-
Se reclamó la inconstitucionalidad de la imposición de costas personales a representantes del Ministerio Público de la Acusación. El tribunal decidió rechazar la inconstitucionalidad y confirmar la decisión del juez de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público de la Acusación
¿A quién se demanda?
Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad del artículo 449 del Código Procesal Penal y la imposición de costas
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó la constitucionalidad del artículo 449 del Código Procesal Penal, que permite imponer costas personalmente a los funcionarios del Ministerio Público. Se concluyó que la argumentación presentada no demostraba la afectación a las garantías constitucionales invocadas, destacando que "la carga de fundamentar detallada y exhaustivamente la impugnación" recae en quienes alegan inconstitucionalidad.
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