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FAVATIER, JUAN MANUEL

Se reclamó la inconstitucionalidad de una condena por omisión de deberes de funcionario público. El tribunal decidió que la condena era nula por falta de conocimiento directo del imputado por parte de los jueces.

Inconstitucionalidad Omision de deberes Funcionario publico Debido proceso Conocimiento directo Condena Derechos humanos Jurisprudencia Codigo penal Garantia.


¿Quién es el actor?

Mario Fortuoso Alderete

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelación en lo Penal de Vera

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inconstitucionalidad de la condena por omisión de deberes de funcionario público

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó que la condena carecía de validez debido a que los jueces no tomaron conocimiento directo del imputado, lo que vulnera el derecho al debido proceso. Se enfatizó que "un mínimo contacto directo e inmediato entre el imputado y el juez competente para dictar la condena resulta una exigencia que hace al debido proceso".

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