ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS (API) c/ TURISMO STOISA S.C.A. y otro s/ COMPETENCIA (Expte. C.S.J. nro. 242, año 2011)
La Administración Provincial de Impuestos solicitó el embargo de cuentas de Turismo Stoisa S.C.A. por deudas impositivas. El tribunal resolvió que el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial es competente para continuar con la causa.
¿Quién es el actor?
Administración Provincial de Impuestos
¿A quién se demanda?
Turismo Stoisa S.C.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar sobre embargo de cuentas por deudas de Ingresos Brutos
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal determinó que la medida cautelar solicitada es de competencia del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, basándose en el artículo 37 del Código Fiscal y la doctrina uniforme de la Corte. Se destacó que la Cámara de lo Contencioso Administrativo solo tiene competencia en los términos de la ley 11.330, lo que no afecta la ejecución de la medida cautelar.
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