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FRINCHABOY, ALBERTO OMAR c/ CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES s/ AVOCACION (ART. 2 LEY 11.330)

Se reclamó la avocación de la Corte Suprema para dirimir la competencia en un amparo por jubilación. El tribunal decidió que la acción de amparo era procedente y no hizo lugar a la solicitud de avocación de la Caja de Jubilaciones.

Amparo Jubilacion Competencia Contencioso administrativo Derechos previsionales Ex magistrados Jurisprudencia Ley 11.330 Constitucion nacional Proteccion de derechos.


¿Quién es el actor?

Alberto Omar Frinchaboy

¿A quién se demanda?

Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Otorgamiento de jubilación ordinaria y pago de haberes

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte consideró que la materia del reclamo es de naturaleza contencioso administrativa, pero recordó que el amparo puede ser procedente si se cumplen los requisitos constitucionales. Se citó la jurisprudencia que permite el uso del amparo para proteger derechos previsionales, especialmente en el caso de ex magistrados, lo que justifica la vía elegida por el actor.

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