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NUÑEZ, SOLEDAD LUJAN s/ COMPETENCIA -CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ENTRE LA SALA CUARTA DE LA CAMARA DE APELACION EN LOPENAL Y LA SALA SEGUNDA DE LA CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL, AMBAS DE ESTA CIUDAD

Se reclamó la resolución de un conflicto negativo de competencia entre dos cámaras de apelación respecto a la protección de menores. El tribunal decidió que la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial es la competente para entender en la causa.

Conflicto de competencia Proteccion de menores Ley 12.967 Jurisdiccion Interes superior del nino Tribunales de familia Derecho civil Derecho penal Aplicacion inmediata.


¿Quién es el actor?

Soledad Luján Núñez

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelación en lo Penal y Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conflicto negativo de competencia en la protección de menores

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la ley 12.967 establece que la competencia para la protección de menores corresponde a los tribunales de familia, separando así las competencias penales y civiles. Se destacó que la aplicación inmediata de la nueva ley es necesaria para proteger el interés superior del niño, evitando la contaminación de la materia penal.

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