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Rafaela Alimentos S.A.

Se reclamó la nulidad de una resolución que regulaba honorarios en un concurso preventivo, alegando vulneración del derecho de defensa y debido proceso. El tribunal decidió anular el fallo de la Cámara de Apelación, reconociendo la necesidad de notificación por cédula.

Honorarios Concurso preventivo Derecho de defensa Debido proceso Notificacion Nulidad Arbitrariedad Ley concursal Jurisprudencia Derechos constitucionales.


¿Quién es el actor?

Caja Forense

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la regulación de honorarios en un concurso preventivo

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte consideró que la regulación de honorarios debía ser notificada por cédula, ya que se trataba de un acto que ponía fin al proceso regulatorio. Se destacó que la aplicación de la notificación "ministerio legis" generó indefensión y vulneró derechos constitucionales, como el debido proceso y la defensa en juicio.

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