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Romero Ilda Nélida s/ sucesión ab-intestato

Se reclamó la prórroga de jurisdicción en un juicio sucesorio por parte de la única hija de la causante. El tribunal decidió declarar competente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°12 del Departamento Judicial de San Isidro.

Sucesion Prorroga de jurisdiccion Competencia Ultimo domicilio Herederos Codigo civil y comercial Debido proceso Juez natural Jurisdiccion.


¿Quién es el actor?

Paola Daniela Bruno

¿A quién se demanda?

Juzgado en lo Civil y Comercial n°12 de San Isidro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prórroga de jurisdicción en un juicio sucesorio

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal reafirmó que la competencia territorial en materia sucesoria se determina por el último domicilio del causante, conforme al art. 2336 del Código Civil y Comercial. Además, sostuvo que la prórroga de jurisdicción es procedente si hay conformidad de todos los herederos, lo que se cumple en este caso, dado que la actora es la única heredera.

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