C. M. G. y otro/a s/ autorización judicial
Se reclamó la autorización judicial para el cese de la crioconservación de embriones. El tribunal decidió hacer lugar a la solicitud de los actores, permitiendo la destrucción de los embriones crioconservados.
¿Quién es el actor?
M. G. C. y R. P. C.
¿A quién se demanda?
Clínica de Salud Procrearte S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de la crioconservación de embriones.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la falta de voluntad procreacional de los actores justificaba el cese de la crioconservación. Además, se destacó que "el embrión no es persona" desde el punto de vista constitucional, lo que permitió concluir que correspondía hacer lugar a la solicitud.
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