D. C. K. C/ M. M. B. s / Protección contra la violencia familiar (Ley 12.569)
Se planteó un conflicto de competencia entre dos Juzgados de Familia respecto a una causa de protección contra la violencia familiar. La Corte decidió que el Juzgado de Familia n° 6 de Morón es el competente para intervenir en el caso.
¿Quién es el actor?
D. A. L. d. C.
¿A quién se demanda?
M. B. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Protección contra la violencia familiar.
¿Qué se resolvió?
SE DECLARA COMPETENTE al Juzgado de Familia n° 6 de Morón.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte fundamentó su decisión en el concepto de "centro de vida" del menor, que reside en Morón con su madre, y la necesidad de que el juez más cercano resuelva con urgencia. Se citó que "el juez del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida" es el competente, conforme a la normativa vigente.
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