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Delont S.A. c/ Balbín, Aldo Antonio s/ Escrituración

Delont S.A. demandó a Aldo Antonio Balbín por la escrituración de un inmueble, alegando incumplimiento en la firma del contrato. El tribunal resolvió declarar competente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 13 de Mar del Plata.

Escrituracion Competencia Jurisdiccion Inmueble Contrato Accion personal Codigo procesal Mar del plata Derechos Partes.


¿Quién es el actor?

Delont S.A.

¿A quién se demanda?

Aldo Antonio Balbín

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Escrituración de un inmueble

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte determinó que la acción de escrituración es personal y se rige por el art. 5 inc. 3 del Código Procesal Civil y Comercial, estableciendo que la competencia corresponde al juez del lugar donde se encuentra el inmueble. Se destacó que no hubo prórroga de jurisdicción entre las partes, por lo que el Juzgado de Mar del Plata es el competente para conocer el caso.

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