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S.M.E. c/ C.M.F. s/ Alimentos

Se reclamó el pago de alimentos provisorios adeudados por el demandado, quien alegó haber cumplido con sus obligaciones. El tribunal decidió modificar la resolución apelada, estableciendo que el obligado debía abonar $ 9.000 en concepto de alimentos provisorios.

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¿Quién es el actor?

S. M. E.

¿A quién se demanda?

C. M. F.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Alimentos provisorios adeudados.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la obligación alimentaria debía regir desde el 10/7/2014, y que el demandado no había cumplido con las cuotas correspondientes a noviembre y diciembre de 2014. Se destacó que "la obligación alimentaria no es compensable" y que el demandado debía abonar $ 9.000, ajustando la intimación a lo efectivamente adeudado.

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