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V.,S. s/ Guarda judicial

Se reclamó la modificación de una sentencia que otorgó la guarda de un menor a su abuelo. El tribunal decidió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación, fijando un plazo de duración para la guarda y ordenando la intervención del Equipo Técnico del Juzgado de Familia.

Guarda judicial Menor Apelacion Codigo civil y comercial Intervencion tecnica Derechos del menor Derecho intertemporal Nulidad Plazo de duracion.


¿Quién es el actor?

Sra. Asesora de Incapaces

¿A quién se demanda?

Sr. J.H.V. (abuelo del menor)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Modificación de la guarda judicial del menor S.V.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el fallo apelado se basó en un artículo derogado y no fijó un plazo de duración para la guarda, lo que contraviene el nuevo Código Civil y Comercial. Se resolvió fijar un plazo de un año para la guarda y se ordenó la intervención del Equipo Técnico del Juzgado de Familia para evaluar la continuidad de la misma.

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