T.,A.E. c/ N.C. s/ Alimentos
Se reclamó el embargo de una pensión por invalidez para garantizar el pago de alimentos a los hijos menores de la actora. El tribunal decidió confirmar la inembargabilidad de la pensión, pero modificó aspectos del régimen alimentario.
¿Quién es el actor?
A. E. T. (en representación de sus hijos)
¿A quién se demanda?
N. C. T.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Alimentos para los hijos menores
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR PARCIALMENTE
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la inembargabilidad de la pensión por invalidez del demandado es válida, pero subrayó que la obligación alimentaria debe ser garantizada. Se citó que "la inembargabilidad debe interpretarse con carácter restrictivo", y se aplicó el nuevo Código Civil y Comercial para los alimentos devengados a partir de su entrada en vigencia.
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