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U.L.J. C/ P.I. y ot. s/ alimentos

Se reclamó el pago de una pensión alimentaria de $1.200 por parte de la madre de un menor contra sus abuelos. El tribunal decidió hacer lugar a la demanda, condenando a los abuelos a cumplir con la obligación alimentaria.

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¿Quién es el actor?

L.J. U. (madre del menor E.P.)

¿A quién se demanda?

V.G. e I. P. (abuelos del menor)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pensión alimentaria

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que, aunque la obligación alimentaria de los abuelos es subsidiaria, la Convención sobre los Derechos del Niño permite flexibilizar requisitos para proteger el interés superior del menor. Se destacó el incumplimiento del padre y la situación de salud de la madre, lo que justifica el reclamo.

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