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D.I. c/ C.D.

Se apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria provisorio de $4.500 a favor de los menores I. D. y M. J. C. El tribunal revocó parcialmente la decisión, estableciendo la cuota en $6.100 y reconociendo también el derecho a alimentos de la cónyuge.

Alimentos Cuota alimentaria Conyuge Menores Provisorio Jurisprudencia Derecho de defensa Separacion Necesidad Capacidad economica.


¿Quién es el actor?

Sra. I. V. D.

¿A quién se demanda?

Sr. C.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuota alimentaria provisorio para menores y cónyuge.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la cuota alimentaria provisorio debe ajustarse a las necesidades de los menores y a la capacidad económica del demandado, quien ya estaba aportando una suma mayor. Además, se reconoció el derecho de la cónyuge a recibir alimentos, conforme al artículo 198 del Código Civil, argumentando que la obligación alimentaria persiste tras la separación.

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