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K. A. S.A. c/ C. J. A. s/ COBRO SUMARIO SUMA DE DINERO ( EXC. ALQUILERES, etc.).

Se reclamó el cobro de una suma de dinero por parte de K. A. S.A. contra C. J. A. El tribunal decidió confirmar la sentencia de primera instancia, estableciendo la tasa de interés aplicable.

Cobro sumario Intereses moratorios Tasa activa Tasa pasiva Obligacion comercial Jurisprudencia Codigo de comercio Codigo civil Costas.


¿Quién es el actor?

K. A. S.A.

¿A quién se demanda?

C. J. A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro sumario de suma de dinero.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que, aunque la obligación era de naturaleza comercial, la tasa de interés debía ser la pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires, conforme a la jurisprudencia que establece que, en ausencia de pacto, corresponde a los jueces fijar la tasa. Se citó que "el art. 565 del Código de Comercio no impone que a todas las obligaciones comerciales les sea aplicada necesariamente la denominada tasa activa".

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