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Fideicomiso de Recuperación Crediticia Ley 12726/12790 c/ Rodríguez, Neri Vilma

El tribunal confirmó la sentencia de remate en un proceso de ejecución, rechazando la excepción de prescripción planteada por la ejecutada. Se determinó que el plazo de prescripción aplicable era el decenal del Código de Comercio.

Ejecucion Prescripcion Deuda Cuenta corriente Codigo de comercio Plazo decenal Interpretacion restrictiva Accion Costas Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Fideicomiso ejecutante

¿A quién se demanda?

Ejecutada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prescripción de deuda en cuenta corriente bancaria

¿Qué se resolvió?

SE CONFIRMA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que, ante la falta de un plazo específico para la prescripción de la acción por cobro del saldo deudor de la cuenta corriente bancaria, se aplica el plazo ordinario de diez años del art. 846 del Código de Comercio. Se enfatizó que "debe interpretarse de manera restrictiva las cuestiones referentes a la prescripción", favoreciendo la subsistencia de la acción.

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