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Z., G. M. c/ O. y C., E.

La Sra. G. Z. apeló la decisión que condicionaba la entrega de su libreta de matrimonio al cumplimiento de una norma provincial. El tribunal resolvió a favor de la peticionante, ordenando la entrega del documento.

Libreta de matrimonio Registro civil Capacidad de las personas Derechos Ley provincial Retencion de documentos Normativa Apelacion Justicia.


¿Quién es el actor?

Sra. G. Z.

¿A quién se demanda?

Autoridad judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Entrega de la libreta de matrimonio

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que la ley nacional que regula el Registro Civil y Capacidad de las Personas establece que la libreta de matrimonio no puede ser retenida por ninguna autoridad. Se argumenta que "el objetivo de la ley es que las personas cuenten con la documentación que expide el Registro" para ejercer sus derechos, y que la normativa provincial debe interpretarse en armonía con esta disposición.

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