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F. B., R. B.

Se reclamó el reconocimiento del derecho a la educación del interno R. B. F. B. y su traslado a una unidad penitenciaria que garantice dicho derecho. El tribunal decidió hacer lugar al recurso de casación y ordenar su traslado a la Unidad nº 12 -Gorina-.

Habeas corpus Derecho a la educacion Condiciones de detencion Servicio penitenciario Derechos humanos Traslado de internos Legislacion penitenciaria Resocializacion Normativa internacional.


¿Quién es el actor?

R. B. F. B.

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario Bonaerense

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Derecho a la educación y condiciones de detención

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó que el derecho a la educación de los internos debe ser garantizado por el Servicio Penitenciario, citando normas nacionales e internacionales que respaldan esta obligación. Se evidenció que la falta de recursos para el traslado del interno no puede ser un impedimento para el ejercicio de su derecho a estudiar, y se ordenó su traslado a una unidad que sí contara con los medios necesarios.

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