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Aramburu Alfredo Ignacio c/ Clínica y Maternidad Privada María Auxiliadora S.A

El tribunal resolvió sobre la apelación interpuesta por el acreedor para obtener el giro de capital, autorizando la extracción de la suma líquida de seis mil cien pesos. Asimismo, admitió el reclamo del impuesto de Sellos como gasto causídico.

Ejecucion Giro de capital Liquidacion Gastos causidicos Impuesto de sellos Condena firme Derechos del acreedor Celeridad procesal Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Acreedor

¿A quién se demanda?

Deudor

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Giro de capital y liquidación de gastos

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que, a pesar de no contar con una liquidación aprobada, existía una condena firme al pago de una suma líquida. Se argumentó que "no se advierten razones de peso que ameriten retener pasivamente toda la suma" y se destacó la importancia de acortar los tiempos procesales para satisfacer el derecho del acreedor.

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