M. S. T. Vda. d.F. , M. d. l. M. c/ J. , J.J.
Se reclamó el resarcimiento de daños por responsabilidad profesional médica en el ámbito privado. El tribunal decidió confirmar el rechazo de la excepción de prescripción, considerando que la responsabilidad médica es de naturaleza contractual.
¿Quién es el actor?
Paciente
¿A quién se demanda?
Médico
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resarcimiento de daños y perjuicios por responsabilidad profesional
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que la responsabilidad médica se encuadra en el ámbito contractual, aplicándose el plazo de prescripción de diez años del art. 4023 del Código Civil. La Cámara argumentó que la culpa médica no tiene autonomía y se basa en la omisión de diligencias necesarias, lo que justifica el rechazo de la excepción de prescripción.
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