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Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Escudero, Jorge Roberto

Se reclamó la inaplicabilidad de la ley en relación a la prescripción de una deuda impositiva por parte del Fisco provincial. El tribunal confirmó la decisión de la Cámara de Apelación que declaró la prescripción de la deuda hasta 1992.

Prescripcion Deuda impositiva Codigo civil Jurisprudencia Fisco Autonomia provincial Derecho tributario Inaplicabilidad de ley Constitucion nacional Seguridad juridica.


¿Quién es el actor?

Fisco provincial

¿A quién se demanda?

Heredero de la obligada al pago

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inaplicabilidad de la ley sobre la prescripción de deuda impositiva

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte reafirmó que la prescripción de tributos se rige por el Código Civil, estableciendo un plazo de cinco años, y que las normas provinciales que contradicen esto son inválidas. Se citó el caso "Filcrosa" como precedente, donde se determinó que la regulación de la prescripción es competencia del legislador nacional, no de las provincias.

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