ESTEVEZ, CECILIA PIA c/ A.N.S.E.S. s/EJECUCIÓN PREVISIONAL
La parte demandada solicitó aclaratoria sobre la sentencia del 07/04/2026, argumentando omisiones en el tratamiento de agravios. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó el pedido, considerando que no existían errores materiales ni omisiones en la resolución.
¿Quién es el actor?
A.N.S.E.S.
¿A quién se demanda?
Estevez, Cecilia Pia
- Objeto de la demanda: Aclaratoria sobre sentencia previa.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la aclaratoria solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aclaratoria contemplada en el art. 166 inc. 2° del C.P.C.C.N. se encuentra prevista para la corrección de errores materiales, la subsanación de conceptos oscuros o ambiguos, o para suplir omisiones respecto de pretensiones oportunamente deducidas y debatidas en el proceso." "El planteo formulado por la parte demandada importa una disconformidad con el alcance del pronunciamiento, pretendiendo un nuevo análisis de cuestiones ya resueltas por este Tribunal." "Corresponde no hacer lugar a la aclaratoria solicitada, toda vez que la resolución cuya aclaración se pretende resulta clara en sus términos y no presenta defecto alguno susceptible de ser subsanado por la vía intentada."
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