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Legajo Nº 61 - IMPUTADO: CRUZ, LUCRECIA NOEMÍ s/LEGAJO DE CASACION

Se plantea un conflicto negativo de competencia entre dos tribunales orales en lo criminal federal respecto a la unificación de penas impuestas a Lucrecia Noemí Cruz. La Cámara Federal de Casación Penal resolvió declarar competente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Mendoza para continuar con la causa.

Conflicto de competencia Unificacion de penas Tribunal oral Estupefacientes Codigo penal Reincidencia Ejecucion penal Tribunal de mendoza Tribunal de salta Ley 23.737


¿Quién es el actor?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Mendoza.

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta.
- Objeto de la demanda: Unificación de penas impuestas a Lucrecia Noemí Cruz.
- Decisión del tribunal: Se declara competente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Mendoza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 58 del Código Penal consagra el principio de pena única, en virtud del cual quien se encuentra cumpliendo condena y es nuevamente juzgado, no puede ser sometido a la ejecución paralela e independiente de dos penas." "La pena mayor impuesta a Cruz es aquella de ocho (8) años de prisión impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Mendoza, lo que determina su competencia para proceder a la unificación en los términos del art. 58 del Código Penal."

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