Incidente Nº 1 - AUTORIDAD PARTIDARIA: PARTIDO CELESTE PROVIDA s/CADUCIDAD
El Partido Celeste Provida fue declarado caduco en su personalidad política por no presentar sus libros contables. El Juzgado Federal de La Plata resolvió que la agrupación incurre en la causal de caducidad prevista en la ley 23.298 por incumplimiento de obligaciones contables.
¿Quién es el actor?
Juzgado Federal de La Plata
¿A quién se demanda?
Partido Celeste Provida
- Objeto de la demanda: Declarar la caducidad de la personalidad política del partido por falta de presentación de libros contables.
- Decisión del tribunal: Se declara la caducidad de la personalidad política del Partido Celeste Provida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 23.298 regula el funcionamiento de los partidos políticos, estableciendo, en su artículo 50, las causales de caducidad de su personalidad política." "A pesar de haber sido intimado a presentar los estados contables correspondientes al ejercicio económico del período 2024 y los libros previstos, el partido no ha dado cumplimiento a tal requerimiento." "Por las razones expuestas, normas legales y jurisprudencia citadas, y de conformidad con lo solicitado por la señora Fiscal Federal, RESUELVO: Declarar que el 'PARTIDO CELESTE PROVIDA' de este distrito, caduco en su personalidad política desde el 18 de abril de 2024..."
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