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GIL, CARLOS ENRIQUE c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - P.S.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El apelante cuestionó la regulación de honorarios de su letrada en un juicio por diferencias salariales. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia, considerando que la regulación se ajustaba a derecho.

Recurso de apelacion Honorarios Regulacion Diferencias salariales Policia de seguridad aeroportuaria Ley 27.423 Uma Justicia Costas Tribunal de alzada


¿Quién es el actor?

Carlos Enrique Gil

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía de Seguridad Aeroportuaria
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios de la letrada de la parte actora.
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios en 38,20 UMA, equivalente a $2.760.523.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La regulación efectuada se encuentra dentro de los parámetros arancelarios." "Los honorarios que se cuantifican a los letrados intervinientes consisten en la remuneración por la labor desarrollada y su estimación por parte del magistrado debe ajustarse a las pautas establecidas por la legislación en vigencia." "La expectativa de cobrar emolumentos es uno de los mayores estímulos para el ejercicio profesional."

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