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C., M. R. c/ OSPADEP s/AMPARO DE SALUD

La Sra. M. R. C. promovió un amparo de salud contra OSPADEP para mantener su afiliación tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a la obra social que mantenga la afiliación en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.

Amparo Salud Jubilacion Ospadep Afiliacion Prestaciones Derechos Constitucion nacional Ley 19.032 Costas


¿Quién es el actor?

Sra. M. R. C.

¿A quién se demanda?

OSPADEP
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a OSPADEP mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de la accionada de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajadora activa a jubilada luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "El art. 16 de la ley 19.032 no autoriza a presumir renuncia tácita del jubilado al servicio de salud que lo amparaba." "La demandada deberá mantener definitivamente a la amparista dentro de su cuerpo de afiliados, en los términos y condiciones pactadas."

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