C., M. R. c/ OSPADEP s/AMPARO DE SALUD
La Sra. M. R. C. promovió un amparo de salud contra OSPADEP para mantener su afiliación tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a la obra social que mantenga la afiliación en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.
¿Quién es el actor?
Sra. M. R. C.
¿A quién se demanda?
OSPADEP
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a OSPADEP mantener la afiliación de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión de la accionada de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajadora activa a jubilada luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "El art. 16 de la ley 19.032 no autoriza a presumir renuncia tácita del jubilado al servicio de salud que lo amparaba." "La demandada deberá mantener definitivamente a la amparista dentro de su cuerpo de afiliados, en los términos y condiciones pactadas."
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