SIDAN ROCIO AYELEN S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
SIDAN ROCIO AYELEN promueve incidente de beneficio de litigar sin gastos en proceso de desalojo. El Tribunal se inhibe de conocer por incompetencia y remite las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°20 de La Plata, competente en el proceso principal.
Quién demanda (Actor): SIDAN ROCIO AYELEN A quién se demanda (Demandado): Sin objeto de demanda en el incidente (se refiere a proceso principal: MOYANO MARIA MARTA C/ SIDAN ROCIO AYELEN)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Beneficio de litigar sin gastos
¿Qué se resolvió?
El Tribunal se inhibe de conocer en el incidente de beneficio de litigar sin gastos y remite las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°20 de La Plata, que es el competente para conocer en el proceso principal de desalojo. Fundamentos principales de la decisión: "Consecuentemente, toda vez que los autos principales caratulados 'MOYANO MARIA MARTA C/ SIDAN ROCIO AYELEN S/DESALOJO' fueron radicados por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°20 de La Plata y, siendo que el código de rito dispone que en el incidente de beneficio de litigar sin gastos será competente el Magistrado que deba conocer en el proceso principal, corresponde me inhiba de seguir entendiendo en el trámite de los presentes actuados" (art.6 inc.5 y 34 inc.5 CPCC).
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