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AMAYA, CINTIA ALDANA c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora Cintia Aldana Amaya apeló la regulación de su crédito y honorarios en el marco de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, actualizando el capital adeudado conforme al índice Ripte y un interés del 6% anual.

Recurso de apelacion Accidentes laborales Reajuste de creditos Indice ripte Intereses Honorarios Inconstitucionalidad Ley 27.348 Justicia laboral Costas


¿Quién es el actor?

Cintia Aldana Amaya

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reajuste de créditos y honorarios por accidente laboral.
- Decisión del tribunal: Se modifica la sentencia de primera instancia, actualizando el capital adeudado y confirmando los honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los créditos sistémicos deben ser reajustados conforme índice Ripte con más un interés puro del 6% anual desde su nacimiento hasta su efectivo pago... el nominalismo es un principio aceptable mientras la capacidad adquisitiva de la moneda se mantiene estable, pero cuando la inflación comienza a deteriorarla, el sistema se torna injusto..." "El ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039/19 de la SSN, la cual deviene en ostensiblemente inconstitucional..."

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