IBAÑEZ JUAN ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara heredera universal a la cónyuge Antonia Cardozo y al hijo Mario Alberto Ibañez y Cardozo por la sucesión ab-intestato de Juan Alberto Ibañez. El tribunal resolvió favorablemente la solicitud de declaración de herederos tras la publicación de edictos y acreditación de los vínculos de parentesco y matrimonio.
Quién demanda: Interesados en la sucesión de Juan Alberto Ibañez.
¿A quién se demanda?
No corresponde (procedimiento sucesorio).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos universales en la sucesión ab-intestato de Juan Alberto Ibañez fallecido el 14 de diciembre de 2025.
¿Qué se resolvió?
Se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Juan Alberto Ibañez, le suceden en carácter de universales herederos su hijo Mario Alberto Ibañez y Cardozo; y su cónyuge Antonia Cardozo, a quien también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal acreditó mediante documentación fehaciente los siguientes extremos: (i) la defunción de Juan Alberto Ibañez ocurrida el 14 de diciembre de 2025, (ii) su matrimonio con Antonia Cardozo celebrado el 13 de agosto de 1976, y (iii) el nacimiento de Mario Alberto Ibañez y Cardozo el 11 de mayo de 1979. Asimismo, consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734 inciso 2º del Código Procesal Civil, cuyo resultado negativo fue informado por la actuaria. En virtud de lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del Código Procesal Civil, se declaró la sucesión universal a favor de los herederos legítimos identificados.
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