Incidente Nº 1 - AGRUPACION POLITICA: ESPERANZA DEL PUEBLO s/CADUCIDAD
El partido político 'Esperanza del Pueblo' fue declarado caduco en su personalidad política por no presentar sus libros contables. El Juzgado Federal de La Plata resolvió que la agrupación incurre en la causal de caducidad prevista en la ley 23.298.
¿Quién es el actor?
Agrupación política "Esperanza del Pueblo"
¿A quién se demanda?
Juzgado Federal de La Plata
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de partido y defensa ante la caducidad
- Decisión del tribunal: Se declara la caducidad de la personalidad política del partido
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 23.298 regula el funcionamiento de los partidos políticos, estableciendo, en su artículo 50, las causales de caducidad de su personalidad política." "El partido no ha dado cumplimiento a tal requerimiento, por lo que se encuentra incurso en la causal de caducidad prevista en el art. 50 inc. 'd' de la ley 23.298." "Habiendo quedado firme dicho resolutorio y transcurrido el plazo de intimación, el partido no presentó sus libros contables, quedando encuadrado, por lo tanto, su comportamiento en lo dispuesto en la aludida norma."
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