S., M. E. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
María Elena Sicilia promovió un amparo de salud contra OSDE para mantener su afiliación tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a la obra social mantener la afiliación en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.
¿Quién es el actor?
María Elena Sicilia
¿A quién se demanda?
OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio.
- Decisión del tribunal: Se ordena a OSDE mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión de la accionada de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajador activo a jubilado luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la referida ley 19.032 conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad." "La conclusión a la que se arribó no afectaba la financiación del sistema, puesto que cuando el beneficiario cobrare retroactivamente su beneficio, la ANSES debía retener los importes de los aportes correspondientes y girar esas sumas a la obra social."
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