NINA ROLON AXEL SANTINO S/ ABRIGO
Los progenitores apelaron la sentencia que concluyó el proceso de abrigo del niño N. R. A. S. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando que se respetó el interés superior del niño y se garantizó su bienestar.
Actor: R. G. (progenitora); N. C. G. (progenitor) Demandado: N. R. A. S. (niño) Objeto: Cuidado exclusivo del niño por parte del progenitor. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que concluyó el proceso de abrigo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 706, inc. c) del CCCN impone a los jueces que la decisión que se dicte en procesos que involucren niños, niñas y adolescentes debe tener en cuenta su interés superior... La decisión cuestionada fue debidamente fundada en base a las constancias de autos y en función de las prerrogativas que le confieren a la Magistrada lo normado por los artículos 34, 36, 161 CPCC Y ARTS. 706 Y 709 CCCN." "El niño a partir de la toma de la medida encontró cubiertas sus necesidades... el deseo de culminar con la causa y ello no puede ser ignorado." "La intervención del tío materno determinó la restitución de los derechos de N. R., A. S. y que surge de los informes que el mismo está viviendo en un 'ambiente familiar sano y protector que le garantiza el derecho a la salud, educación y recreación.'"
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