LEGAJO REGISTRO NOTARIAL N°XXX DEL PARTIDO DE L. P.
El notario titular y su adscripto apelaron la sanción de suspensión y multa impuesta por el Juzgado Notarial. La Cámara de Apelaciones modificó la duración de la suspensión, reduciéndola a tres meses, pero confirmó la multa.
Actor: Juzgado Notarial de la Provincia de Buenos Aires Demandado: F. H. D. F.; H. A. D. F. Objeto: Sanciones de suspensión y multa por irregularidades en el ejercicio notarial. Decisión: Se rechaza el recurso de nulidad y se admite parcialmente el de apelación, modificando la duración de la suspensión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de nulidad carece de autonomía funcional y debe ser subordinado al apelativo. Los vicios denunciados debieron ser subsanados por el incidente de nulidad, no a través del recurso de nulidad. La sanción de suspensión se justifica por la cantidad de irregularidades detectadas, aunque se modifica su duración a tres meses." "La falta de motivación alegada no se configura, ya que la sentencia se basa en el texto expreso de la ley. La responsabilidad disciplinaria se configura por el incumplimiento de los deberes funcionales, independientemente de que no haya habido daño a terceros."
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