.................... S/HURTO
El defensor de Federico Ezequiel Reale apeló la decisión que rechazó su pedido de sobreseimiento en un caso de hurto. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que no se acreditó perjuicio concreto en el proceso.
Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Federico Ezequiel Reale; Miguel Martín Reale Objeto: Sobreseimiento por el delito de hurto Decisión: Se confirma la resolución de primera instancia que no hace lugar al pedido de sobreseimiento y se dispone el pase a juicio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para que el dictado de una nulidad sea procedente es necesaria la acreditación de perjuicio concreto (art. 203 CPP). [...] no se observa afectación concreta al debido proceso y/o a la garantía de defensa en juicio, toda vez que no se ha explicitado cual o cuales habrían sido las posibilidades o chances que la defensa hubo perdido." "El instituto del sobreseimiento se corresponde con una sentencia absolutoria que se dicta cuando el proceso se encuentra aún en etapa de instrucción, antes de llegar a la deliberación final, y resuelve definitivamente la situación de la persona en favor de quien se dicta." "El apelante insiste, enancándose en la versión aportada por los prevenidos, que la leche era de descarte, no apta para consumo, y con mastitis [...] es evidente que la cantidad de litros de leche que se llevaron los hermanos Reale adquiere gran dimensión."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: