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MARINO CARLOS RUBEN C/ LEZCANO PABLO RUBEN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor Carlos Rubén Marino demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando el monto del daño moral a U$S 4.500.

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Actor: Carlos Rubén Marino Demandado: Pablo Rubén Lezcano; Sofía Daniela Lezcano; COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA SA Objeto: Indemnización por daños y perjuicios tras un accidente de tránsito. Decisión: Se rechaza el recurso de apelación de los demandados y se hace lugar parcialmente al recurso del actor, modificando el monto del daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 1769 del CCyC. dispone que 'Los artículos referidos a la responsabilidad derivada de la intervención de cosas se aplican a los daños causados por la circulación de vehículos'; y los arts. 1757 y 1758 consagran la responsabilidad objetiva del dueño o guardián por los daños ocasionados por el vicio o riesgo de la cosa." "La fijación de la reparación del daño extrapatrimonial queda librada al criterio del juez, aunque es necesario indicar las pautas objetivas que fueron evaluadas y ponderadas para arribar a la suma de condena." "Se hace lugar parcialmente al recurso de la parte actora y se modifica la sentencia elevando el monto para reparar el daño moral a la suma de dólares estadounidenses cuatro mil quinientos (U$S 4.500)."

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