MONTORFANO FERNANDO ANDRES C/ UBBRIACO MARIA CRISTINA Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió un recurso de apelación contra la decisión que admitió el beneficio de excusión en un cobro ejecutivo. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que el beneficio es invocable y que las costas deben ser soportadas por el recurrente.
Actor: Fernando Andrés Montorfano Demandado: María Cristina Ubbriaco; Elisabet Sandra Ubbriaco Objeto: Cobro ejecutivo derivado de un contrato de garantía. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El beneficio de excusión es plenamente invocable en procesos como el presente. El fiador simple tiene el derecho de oponerse a la ejecución de su patrimonio hasta que se hayan ejecutado todos los bienes del deudor principal (art. 1583, CCiv.yCom.). La defensa basada en el beneficio de excusión fue correctamente admitida, y no se configuró la renuncia a dicho beneficio en el contrato de garantía. Las costas deben ser impuestas a la parte que resultó vencida, en este caso, al actor."
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