EDESUR S.A. C/ MARTURET NATALIA NOEMI S/ COBRO EJECUTIVO
EDESUR S.A. apeló la sentencia que declaró la caducidad de instancia en un cobro ejecutivo. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que los actos de la actora no fueron idóneos para interrumpir la caducidad.
¿Quién es el actor?
EDESUR S.A.
¿A quién se demanda?
Marturet Natalia Noemí
- Objeto de la demanda: Cobro ejecutivo
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que declaró la caducidad de instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El instituto en análisis tiene su fundamento en la presunción de renuncia de la instancia que comporta el hecho de la inactividad prolongada por parte de quién tiene el deber de impulsar el proceso." "No pueden considerarse impulsorios del proceso, los mandamientos dejados a confronte y posteriormente observados, ya que resultan inocuos para lograr el fin pretendido." "Un acto, para tener efecto interruptivo del curso de caducidad, debe ser idóneo y oportuno para impulsar el trámite."
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