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LORENZO GRACIELA ISABEL C/ BORDA SAUL MAXIMILIANO Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

Graciela Isabel Lorenzo promovió demanda de desalojo contra Saúl Maximiliano Borda y otros. La Cámara declaró la nulidad de lo actuado por el abogado de la parte demandada por falta de acreditación de poder, rechazando así el recurso de apelación.

Desalojo Nulidad Poder Articulo 48 cpcc Recursos Procedimiento civil Costas Representacion legal Admisibilidad Camara de apelaciones

Actor: Graciela Isabel Lorenzo Demandado: Saúl Maximiliano Borda; otros Objeto: Desalojo Decisión: Se declaró la nulidad de lo actuado por el abogado de la parte demandada a partir del 26/09/2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde al Tribunal de Alzada efectuar el examen de admisibilidad del recurso, aún de oficio, así como declarar la nulidad de todo lo actuado por el gestor si no se ha adjuntado el poder respectivo o ratificado lo actuado al amparo del art. 48 del CPCC." "La nulidad que contempla el art. 48 del CPCC. no es de la índole de las que consideran los arts. 169 y ss. del mismo ordenamiento, porque mientras que para el régimen de las nulidades procesales el transcurso del tiempo es susceptible de convalidar el vicio, para el supuesto de falta de acreditación del poder o ausencia de ratificación, es precisamente el cumplimiento del plazo el que acarrea la sanción de ineficacia, la cual opera automáticamente." "Por lo expuesto, propongo declarar la nulidad de lo actuado por el apelante a partir del día 24/09/2025 y en cuanto a las costas, deberán ser impuestas al gestor por su actuación remisa."

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