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P. C. M.V. C/ P. E. S/ ALIMENTOS

El demandante apeló la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria a favor de su hija. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que la obligación alimentaria pesa sobre ambos progenitores y debe atender a las necesidades del hijo.

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Actor: M. V. C. P. Demandado: E. S. P. Objeto: Cuota alimentaria para la hija A. R. C. P. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria respecto de los hijos menores de edad pesa sobre ambos progenitores, aun cuando el cuidado personal de los niños esté a cargo de uno solo de ellos... la determinación del monto a abonar por el alimentante no está sujeta a la prueba de las necesidades del hijo, como ocurre con otros parientes, pues las mismas se presumen." "Los progenitores deben realizar todos los esfuerzos necesarios para atender a la asistencia de sus hijos, sin que puedan excusarse de su cumplimiento por la existencia de otros hijos a cargo." "La cuota en favor del hijo deberá fijarse sobre la base del cálculo de los que podría obtener como ingresos regulares el demandado, conforme a su capacitación, edad, estado de salud, etc."

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