PAGLIARO JUAN IGNACIO C/ SANORO S.A.S. S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
El actor promovió demanda por el cobro de honorarios de corretaje en la compraventa de un inmueble. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo la suma adeudada a U$S 5000, con intereses, y rechazando el recurso de apelación del actor.
Actor: Juan Ignacio Pagliaro Demandado: Sanoro S.A.S. Objeto: Cobro de honorarios de corretaje por la venta de un inmueble. Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada, modificando la sentencia a favor del actor por la suma de U$S 5000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La existencia del contrato de corretaje no requiere otorgamiento de un mandato expreso, sino que basta la conformidad tácita, traducida en la simple aceptación de la intervención del corredor." "El principio de congruencia opera como marco regulador y delimitador de todo proceso. Establece que las partes son las únicas que pueden introducir en un juicio las pretensiones, defensas, pruebas, y cuestiones a debatir durante la tramitación del mismo." "La aplicación de la tasa pasiva de interés fijada en la sentencia apelada no tuvo en cuenta la naturaleza jurídica de la deuda que se reclama: honorarios profesionales y su carácter alimentario."
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