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DIEZ JOSE MARIA C/ COSENTINO JUAN IGNACIO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

El actor José María Diez apeló la sentencia que rechazó su demanda por daños y perjuicios derivados de una supuesta mala praxis médica. La Cámara de Apelaciones confirmó el fallo de primera instancia, sosteniendo que no se probó la culpa del médico demandado.

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Actor: José María Diez Demandado: Juan Ignacio Cosentino; Clínica Centro S. A.; Seguros Médicos S. A.; La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales Objeto: Daños y perjuicios por mala praxis médica. Decisión: Se desestima el recurso de apelación y se confirma el fallo de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El fracaso o la falta de buen éxito en la prestación de servicios médicos, no implican por sí solos el incumplimiento de la o las obligaciones asumidas por el profesional, correspondiendo al damnificado que pretenda una reparación, la prueba de la inejecución de la obligación por él prestada, así como su culpa." "Para que exista responsabilidad médica es necesario no sólo la presencia de un daño en el paciente, sino la adecuada relación de causalidad entre el perjuicio y la práctica médica." "No advierto arbitrariedad en la valoración probatoria, en cuanto el razonamiento se ha motivado en las conclusiones de la pericia médica producida." "El mero hecho de la no obtención del resultado esperado no puede traer aparejado necesariamente la responsabilidad civil del facultativo, atento que la ciencia médica tiene sus limitaciones."

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