PRISMA MEDIOS DE PAGO S.A.U. C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO S/ PROCESO SUMARIO DE ILEGITIMIDAD - OTROS JUICIOS
Prisma Medios de Pago S.A.U. apeló la sanción impuesta por la Municipalidad de San Isidro por incomparecencia a audiencias de conciliación. El Tribunal rechazó la demanda, sosteniendo que la inasistencia injustificada configura una infracción a la Ley 13.133.
Actor: Prisma Medios de Pago S.A.U. Demandado: Municipalidad de San Isidro Objeto: Nulidad de la sanción impuesta por incomparecencia a audiencias de conciliación. Decisión: Se rechazó la demanda, confirmando la multa impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La incomparecencia injustificada a la audiencia de conciliación y/o el incumplimiento de los acuerdos homologados, se considera violación de la Ley 24.240 y de esta Ley. El infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado." "Las comunicaciones cursadas por correo electrónico y la eventual formulación de propuestas extraprocesales no sustituyen la comparecencia exigida dentro del procedimiento administrativo ni neutralizan, por sí solas, la infracción configurada." "La resolución impugnada valoró adecuadamente una conducta que la propia norma tipifica de manera autónoma, esto es, la incomparecencia injustificada a la audiencia de conciliación."
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