BAEZ KARINA GISELLE C/ OCUP. DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE GOLONDRINA N° 4303 TEMPERLEY S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Karina Giselle Báez promovió demanda de desalojo contra los ocupantes del inmueble en Temperley. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando el desalojo de los ocupantes por intrusión y condenándolos en costas.
Actor: Karina Giselle Báez Demandado: Ezequiel Fabián Díaz; Noralí Andrea Celeste Rodríguez; demás ocupantes Objeto: Desalojo del inmueble sito en calle Golondrina 4303, Temperley Decisión: Se hizo lugar a la demanda de desalojo, ordenando a los ocupantes desalojar el inmueble en un plazo de 15 días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de desalojo tiene por objeto la restitución del uso y goce de un bien inmueble ocupado por quien carece de título para ello por tener una obligación de restituir o por revestir el carácter de simple intruso." "La no contestación de la demanda autoriza a considerar el silencio como un reconocimiento de los hechos vertidos por el actor al demandar." "Debo tener por ciertos los hechos argüidos por ella en cuanto a la obligación exigible de restituir el inmueble en cabeza de los accionados por intrusión."
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